Comité de Calificaciones y Ética Profesional (CCEP)
Es un comité permanente designados por la Junta Directiva conforme a los Artículos 58 y 60, del Decreto 2032, “Sobre Contadores Públicos” y que de acuerdo al Artículo 61 del mismo decreto, tiene las siguientes atribuciones:
- Recibir y evaluar las solicitudes de ingresos de nuevo miembros y presentarles con su decisión a la Junta Directiva
- Velar por la dignidad en el ejercicio de la profesión, por el cumplimiento del Código de Ética Profesional del Instituto, por las normas y procedimientos de auditoría, principio de contabilidad las leyes y los reglamentos referentes al ejercicio profesional
- Realizar las diligencias necesarias para comprobar las violaciones hechas a las normas del Código de Ética Profesional del Instituto y demás reglamentaciones, requiriendo de los infractores la corrección de su situación en un plazo determinado sometiéndolos al Tribunal Disciplinario en cado de reiteración de la violación
- Propender a la reglamentación del ejercicio de la profesión.