Es uno de los comité permanentes designados por la Junta Directiva conforme alos Art. 58, 60 y 62 del Reglamento 2032, el cual tiene a su cargoemitir en forma periódica los pronunciamientos relativos a las normas de Auditoria deaceptación general en la profesión, así como los relativos a los procedimientos deauditoria que rigen la práctica de ésta y los casos específicos que en este sentido le seanpresentados por los miembros del Instituto o su Junta Directiva.