Norma Control de Calidad

Sistema NCC

Sistemas de Control de Calidad Aplicable a las Firmas de Contadores Públicos que Desempeñan Auditorías y Revisiones de Información Financiera, Trabajos para Atestiguar y Otros Servicios Relacionados.

Como parte del cumplimiento a las sietes obligaciones de miembros (DOMS),  que el Instituto de Contadores Publico está comprometido a cumplir como organismo miembro de IFAC, y en específico,  la DOM 1 para los programas de revisión de calidad respecto de sus miembros que realizan ciertos compromisos de auditoría de estados financieros.

El ICPARD empeñado en dar  respuesta a las demandas y tendencias de la práctica profesional contable a nivel nacional e internacional, y debido a las exigencias de los organismos reguladores, en fecha 23/08/2019 emitió la resolución  NO. 13/2018-2020 de “ADOPCIÓN E IMPLEMENTACIÓN DE SISTEMAS DE CONTROL DE CALIDAD”,  aplicable a las Firmas de Contadores Públicos que desempeñan Auditorías y Revisiones de Información Financiera, Trabajos para Atestiguar y otros Servicios Relacionados (Norma Internacional de Control de Calidad 1 (NICC 1),  y conforme al numeral  CUARTO: Establecer que al 31 de diciembre del 2019, indistintamente de si la implementación se encuentre en fase voluntaria u obligatoria, todas las firmas de contadores públicos autorizados deberán presentar un manifiesto o declaración delcompromiso para el cumplimiento con la implementación de un sistema de control decalidad en las Firmas de Auditoría que Realizan Auditorías y Revisiones deEstados Financieros, así como Otros Encargos que Proporcionan un Grado deSeguridad y Servicios Relacionados.

Establece  como período voluntario hasta el 15 de diciembre del 2021 para la implementación de un Sistema de Control de Calidad para Firmas (asociación de profesionales o de carácter individual) que desempeñan Auditorías y Revisiones de Estados Financieros y otros Trabajos para Atestiguar y Servicios Relacionados.

De igual forma la Referida Resolución sugiere como guía de referencia para los miembros del ICPARD que implementen un sistema de control de calidad, el Manual de Implementación de un Sistema de Control de Calidad para Firmas de República Dominicana, puesto a disposición de los miembros en la página web y los diferentes medios electrónicos del ICPARD.

Dispone que, a partir del 15 de junio del 2022, se inicie un programa de revisión de los sistemas de control de calidad para medir la efectividad del cumplimiento de las normativas establecidas, y apoyar a las firmas revisadas en las mejoras de los procesos y formalidades del sistema implementado.

Para la operación y cumplimiento de esta resolución y del sistema de control de calidad en su conjunto, el ICPARD ha creada la comisión de Control de Calidad y liderado bajo la responsabilidad de la Direccion Técnica.

El mecanismo de ejecución para el cumplimiento del SCC es un proceso continuo y dinámico, por lo que constantemente hay cambios en la información de las firmas y prácticas, en los socios que las conforman, se constituyen nuevas firmas y disuelven otras, se presentan circunstancias en las que las firmas y prácticas que han manifestado (por escrito) su cumplimiento con la NCC1, no desarrollan trabajos sujetos a la misma en algún momento dado.

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